Juani Novis González
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BASES PARA EL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA
“Y TÚ, ¿CÓMO TE DIVIERTES?”
1. ORGANIZACIÓN Y OBJETIVO DEL CONCURSO.
Con motivo de la celebración del Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido
y el Tráfico Ilícito de Drogas, 26 de junio, el Área de Salud, mayores y asistencia social del Ayuntamiento de Viator y su Programa “Ciudades ante las drogas”, cofinanciado por la Junta de Andalucía, Consejería de Salud y Familias promueve el Concurso de fotografía titulado “Y tú, ¿cómo te diviertes?”.
El objeto de este concurso es ofrecer una visión sana del concepto diversión (actividades y/o espectáculos que dan placer y disfrute del propio cuerpo y mente, diversión implica participación activa pero de una manera refrescante y alegre), a la vez, que ofrecer alternativas de ocio saludable frente a las adicciones.
2. TEMA.
Las fotografías han de reflejar formas de ocio sanas, como, por ejemplo: bailar, pasear, ir a la playa, leer, pintar, o practicar algún deporte…
3. PARTICIPANTES.
Podrán participar todas las personas ,de todas las edades, empadronadas en Viator.
4. PRESENTACIÓN Y CONDICIONES.
Se puede presentar en el whatsApp 661 552 871 o por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Incluyendo datos de contacto de la personas participante en el concurso (nombre y teléfono).
Los participantes menores de edad han de presentar autorización firmada por su madre/padre o tutor legal, según modelo Anexo I.
Cada participante podrá mandar como máximo 5 fotografías durante el periodo del concurso.
Las fotografías tendrán que cumplir las siguientes condiciones:
• Ser una obra original e inédita.
• Que cumplan con la temática del concurso.
• Que cuente con la autorización de todas las personas que salgan en la fotografía.
La fotografía tendrá que ir acompañada por un título/eslogan de la misma que haga referencia a la forma saludable en la que se divierten.
La organización del concurso se reserva el derecho de excluir todas aquellas fotografías que tengan contenido que implique el consumo de drogas legales o ilegales, que tengan contenido que pudiera ser ofensivo, violento, sexista, racista, o que vulnere los derechos fundamentales de las personas.
Todas las fotografías que cumplan con las bases de participación se publicarán en las Redes Social del Ayuntamiento de Viator.
5. PLAZO.
El plazo para enviar las fotografías será hasta el día 21 de junio de 2020.
6. PREMIOS.
Hay tres categorías:
• Infantil hasta 12 años: vale de 50€ canjeable en los establecimientos adheridos al concurso.
• Juvenil hasta 18 años: vale de 100€ canjeable en los establecimientos adheridos al concurso.
• Personas mayores de 18 años: vale de 120€ canjeable en los establecimientos adheridos al concurso.
7. JURADO.
El jurado para elegir la fotografía ganadora, que será aquella que obtenga más votos en función de su originalidad y mensaje que comunica, estará compuesto por:
• La técnica del programa Ciudades ante las Drogas del Ayuntamiento de Viator.
• La agente de dinamización local del GUADALINFO Viator.
• El orientador del IES Torreserena de Viator.
• La Jefa de estudios del CEIP Joaquín Visiedo.
• Técnico de Deportes Ayuntamiento de Viator.
8. AUTORIZACIÓN PARA EL USO DEL DERECHO A LA IMAGEN.
El ayuntamiento entiende que todas aquellas personas que pudieran aparecer en las fotografías presentadas han dado su consentimiento para las mismas, no haciéndose responsables de posibles reclamaciones de terceros por este concepto.
Las personas participantes en el CONCURSO ceden todos los derechos de propiedad intelectual o industrial, existentes o que puedan derivarse, de las fotografías y mensajes de texto, con motivo de su participación en este concurso.
La organización (Ayuntamiento de Viator) podrá utilizar libremente dichas imágenes y mensajes en su página web, así como en otras publicaciones, tanto online como offline, o en la exposición de las mismas.
9. COMUNICACIÓN A LOS/AS GANADORES/AS.
La persona ganadora será notificada por teléfono o por correo electrónico.
Las fotos ganadoras se harán igualmente públicas en la web www.ayuntamientoviator.es así como en una exposición, en el lugar y en la fecha que acuerde el jurado.
10. RESERVAS Y LIMITACIONES.
La organización se reserva la posibilidad de rechazar el registro de aquellos participantes que no cumplan los requisitos.
La organización se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del CONCURSO, cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarlo a término en la forma descrita en estas bases. Cualquier modificación en las bases se comunicará con la debida antelación.
La organización se reserva el derecho a no admitir fotos que incumplan las condiciones de la temática del concurso.
11. ESTABELCIMIENTO ADHERIDOS:
- TECNICUBI.
- Video Club Tazmania.
- Deportes BLANES.
12. ACEPTACIÓN.
La participación en el CONCURSO implica, por sí misma, la aceptación de las presentes bases.
13. CONTACTO.
Para cualquier duda, consulta o aclaración, pueden dirigirse al email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o al teléfono 662 389 459 (horario de 8:00 a 15:00).
Nota:
• Todas las personas que ya estén recibiendo esta ayuda, han de renovar la solicitud.
• Ayuda dirigida únicamente a personas en riesgos de exclusión social.
DOCUMENTACIÓN.
Las personas interesadas deberán presentar una sola solicitud, conforme a la Solicitud Beneficiario Mod. 3. y se aportará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de extranjero (NIE) de la persona solicitante.
b) En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.
c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el registro de Parejas de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen descendencia, además, el libro de familia.
d) Certificado de empadronamiento familiar expedido por el Ayuntamiento de Viator acreditativo de que todas las personas solicitantes constituyen la unidad familiar.
e) Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar, durante los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud, junto con los movimientos bancarios del mismo periodo.
f) Documentación acreditativa de ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar:
- Si durante los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud no ha estado empleado:
* Certificación de ingresos expedida por el Instituto Nacional de Empleo.
* Certificación de ingresos expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social).
- Si durante los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud ha estado empleado:
* Justificante de Salario percibido.
g) Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante y su unidad familiar, figuran como demandantes de empleo inscritos en el Servicio Andaluz de empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa.
h) Informe de vida laboral de todas las personas componentes de su unidad familiar, mayores de 16 años, en el que se refleje el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
i) Cuantos documentos que considere que puedan acreditar unas circunstancias socio económicas y laborales que le dificultan para atender necesidades básicas de usted y/o su familia.
j) Consentimiento informado, según el punto 5 de la Solicitud Beneficiario Mod. 3.
CRITERIOS ECONÓMICOS:
Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:
- Inferior al 75% del Indicador Público de renta de efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona, siendo 403,38€ mensuales.
- Inferior a 1,3 veces el 75% del IPREM para unidades familiares de dos personas, siendo 524,39€ mensuales.
- Inferior a 1,5 veces el 75% del IPREM para unidades familiares de tres personas, siendo 605,07€ mensuales.
- Inferior a 1,7 veces el 75% IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas, siendo 685,74€ mensuales.
Referencia del IPREM anual (12 pagas) para 2020 es igual 6.454,03 €, IPREM mensual 537,84€.
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la ayuda alimentaria con cargo a este Programa.
DESCARGAS:
- Documentación y requisitos.
- Solicitud.